SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0455/2021-S3
Fecha: 10-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 37/2020 de 21 de enero, cursante de fs. 260 a 262 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:
CORRESPONDE A LA SCP 0455/2021-S3 (viene de la pág. 16).
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, únicamente respecto al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones, disponiendo dejar sin efecto el AS 130/2017 de 30 de noviembre, y determinando que los actuales Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, emitan una nueva resolución de conformidad a los entendimientos expuestos en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional.
2° DENEGAR la tutela, respecto a los ex Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, y en relación al derecho a “fiscalizar los actos de la función pública” y al derecho de petición.
3° Exhortar a Miryam Virginia Aguilar Rodríguez e Israel Ramiro Campero Méndez, Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a que en futuras actuaciones, observen el trámite correcto y pertinente establecido para las acciones tutelares.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO