SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2021-S3

Fecha: 13-Ago-2021

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 80 de 29 de septiembre de 2020, cursante de fs. 160 a 161 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:

1º CONCEDER en parte la tutela solicitada con relación a la vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de valoración de la prueba en su supuesto de omisión valorativa;

a) Disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 17 de 27 de septiembre de 2019, ordenando que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitan uno nuevo, efectuando la valoración de la prueba omitida, conforme con los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

2º DENEGAR la tutela solicitada respecto al derecho del debido proceso en sus elementos de congruencia y valoración de la prueba en su supuesto de una

CORRESPONDE A LA SCP 0476/2021-S3 (viene de la pág. 16).

valoración al margen de los marcos legales de razonabilidad y equidad; y, con relación a la condenación de costas y costos procesales.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el MSc. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente la Magistrada MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas.

Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora

PRESIDENTE

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO

[1] tdjscz.organojudicial.gob.bo

[2] https://www.facebook.com/169587650364814/posts/601393507184224/