AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 29/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 29/2024

Fecha: 10-Nov-2023

Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación, presentado por Bernardino Trujillo Soria, Secretario General del Sindicato Agrario “SOICO”.

I.3. Contestación al recurso de casación, presentado por Bernardino Trujillo Soria, Secretario General del Sindicato Agrario “SOICO”.

Por memorial cursante de fs. 350 a 351 vta. de obrados, Bernardino Trujillo Soria, Secretario General del Sindicato Agrario “SOICO”, responde al recurso de casación, interpuesto por Bernardino Salazar Zurita y Ciprian Salazar Zurita que cursa de fs. 318 a 323 vta. de obrados, bajo los argumentos que a continuación se detallan:

Indica que, el recurso de casación es considerado extraordinario y que no comprende la apertura de una nueva instancia, sino un grado del proceso, en el que se reclaman cuestiones de puro derecho, que de acuerdo a los antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que los demandados interponen un recurso de casación que no cumple con lo establecido en el art. 271 de la Ley N° 439, que está claro que el abogado utiliza normativa que no se encuentra vigente (arts. 6, 7, 14, 16 y 17 de la CPE de 1967), que el recurso ni siquiera debió aceptarse ya que no se adecua a la realidad, a la norma vigente y a los parámetros que la Ley le otorga, los recurrentes no definen si es una casación en el fondo o en la forma, no especifica que normas, artículos o principios se hubieran vulnerado y el mismo resulta ser incongruente e infundado; concluye solicitando se declare infundado sea con costas y costos ya que al responder a esta clase de recurso solo les genera gastos innecesarios.