AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 88/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 88/2023

Fecha: 25-Ago-2023

Por Tanto 1

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en virtud a la potestad conferida por los arts. 12, 178, 186 y 189-1 de la CPE; 4.I.2 y 144.I.1 de la Ley N° 025; y, 36.1 de la Ley N° 1715 y en virtud a la jurisdicción que por ella ejerce, en aplicación de los arts. 87.IV de la Ley N° 1715 y 220.II de la Ley N° 439, con relación al art. 271 de la misma norma, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, declara:

1. INFUNDADO el Recurso de Casación cursante de fs. 97 a 98 vta. de obrados, interpuesto por Michele Fernández Zenzano.

2. Se mantiene FIRME Y SUBSISTENTE la Sentencia 09/2023 de 12 de mayo, cursante de fs. 83 a 91, pronunciada por la Juez Agroambiental de Cochabamba, dentro de la demanda de Desalojo de Vivienda.

3. Se condena en costas y costos a la recurrente, conforme dispone el artículo 223. V.2 con relación al artículo 224, ambos de la Ley Nº 439.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.