Encabezado
TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a 21/2021
Expediente: 4125/2021
Proceso: Interdicto de retener la posesión.
Partes: Mario Cala Caseres.
Recurrentes: Marlene Justiniano Coronado y Luis Ernesto Daza Paz.
Resolución recurrida: Auto N° 05/2021 de 12 de enero de 2021, pronunciada por la Jueza
Agroambiental de Pailón.
Distrito: Santa Cruz.
Asiento Judicial: Pailón.
Fecha: 11 de marzo de 2021
Magistrada Relatora: Dra. Ángela Sánchez Panozo
El Auto N° 05/2021 de 12 de enero de 2021, pronunciado por la Jueza Agroambiental de Pailón, por el que resuelve declararse incompetente para resolver la demanda lnterdicto de Retener la Posesión interpuesto por la "Comunidad Campesina 2 de Septiembre" representado por su Secretario General el Sr. Mario Cala Caseres en contra de Marlene Justiniano Coronado y Luis Ernesto Daza Paz, porque el predio objeto de la demanda es Tierra Fiscal y su administración y/o distribución de la misma es competencia del Instituto Nacional de Reforma Agraria El recurso de casación en el fondo cursante de fs. de obrados interpuesto por la Mario Cala Caseres contra el Auto N° 05/2021 de 12 de enero de 2021.
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a 21/2021
Expediente: 4125/2021
Proceso: Interdicto de retener la posesión.
Partes: Mario Cala Caseres.
Recurrentes: Marlene Justiniano Coronado y Luis Ernesto Daza Paz.
Resolución recurrida: Auto N° 05/2021 de 12 de enero de 2021, pronunciada por la Jueza
Agroambiental de Pailón.
Distrito: Santa Cruz.
Asiento Judicial: Pailón.
Fecha: 11 de marzo de 2021
Magistrada Relatora: Dra. Ángela Sánchez Panozo
El Auto N° 05/2021 de 12 de enero de 2021, pronunciado por la Jueza Agroambiental de Pailón, por el que resuelve declararse incompetente para resolver la demanda lnterdicto de Retener la Posesión interpuesto por la "Comunidad Campesina 2 de Septiembre" representado por su Secretario General el Sr. Mario Cala Caseres en contra de Marlene Justiniano Coronado y Luis Ernesto Daza Paz, porque el predio objeto de la demanda es Tierra Fiscal y su administración y/o distribución de la misma es competencia del Instituto Nacional de Reforma Agraria El recurso de casación en el fondo cursante de fs. de obrados interpuesto por la Mario Cala Caseres contra el Auto N° 05/2021 de 12 de enero de 2021.