POR TANTO:
POR TANTO: La suscrita Juez Agroambiental de San Borja y la Provincia Ballivian del Dpto del Beni, administrando justicia en primera instancia, en aplicación de lo dispuesto en el art 213 del Código Procesal Civil, y 5 Num. 6 de la ley 477, así como de las demás normas citadas en la presente resolución, declara PROBADA la demanda de Avasallamiento de fs 194 a 199 de obrados interpuesta por Benedicto Castro Isita, Nancy Languidey de Duran, Wilber Álvarez Navarro, Ramiro Villarrubia Loras y Carlos Mendía Limpias contra Roberto Simon Ruiz, Guido Villalobos, Walter Soliz y Sabina Chana y se dispone el cese de los actos de Avasallamiento de los Señores demandados, debiendo en efecto en el plazo de tres días desalojar voluntariamente los mismo en el área avasallada bajo expresa advertencia que de no hacerlo se expedirá orden de desalojo con auxilio de la fuerza publica
