Fundamentos jurídicos
II. Fundamentos jurídicos
De acuerdo al art. 279 de la Ley N° 439, de aplicación a la materia por el régimen de supletoriedad establecido en el art. 78 de la Ley N° 1715, el recurso de compulsa procede por negativa indebida del recurso de casación, a fin de que el superior declare la legalidad o ilegalidad de la resolución objeto de impugnación; en el caso presente, la parte recurrente presenta el recurso de compulsa en contra del Auto de 27 de septiembre de 2023, bajo el argumento de sería un Auto Interlocutorio Definitivo.
