Por Tanto 1
Sin entrar en mayores abundamientos
de orden legal, la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, de conformidad con
el art. 36.4) de la Ley No 1715 y el art. 353.IV de la Ley Nº 439, RECHAZA el memorial de recusación, cursante de fojas 92 a 94 y
vta., interpuesto por el codemandado Víctor Retamozo Rodríguez, debiendo el
Juez Agroambiental de Yacuiba continuar con la tramitación del proceso de
referencia hasta su conclusión.
Regístrese
y notifíquese.-
Fdo.
ELVA
TERCEROS CUELLAR MAGISTRADA SALA SEGUNDA
ANGELA
SANCHEZ PANOZO MAGISTRADA SALA SEGUNDA
