Resolución recurrida: Auto Interlocutorio Definitivo N° 19/2023 de 14 de febrero de 2023
Fecha: 09-May-2023
Por Tanto 1
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en virtud a la
potestad conferida por los arts. 189.1 de la CPE y 36.1 de la Ley N° 1715 y en
virtud a la jurisdicción que por ella ejerce, en aplicación de los arts. 87.IV
de la Ley N° 1715 y 220.III.1.c) de la Ley N° 439, con relación al art. 271 de
la misma norma, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art.
78 de la Ley N° 1715, dispone:
1.- ANULAR OBRADOS,
de oficio hasta fs. 296 de obrados inclusive, correspondiente al Auto N°
12/2023 de 31 de enero de 2023, debiendo la Juez Agroambiental, dar
cumplimiento a lo observado en la presente resolución, velando por el
cumplimiento del derecho al debido proceso.
2.- En aplicación
de lo previsto en el art. 17.IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial,
comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.
Regístrese,
notifíquese y devuélvase.
Fdo.
ANGELA SANCHEZ PANOZO MAGISTRADA SALA
SEGUNDA
ELVA TERCEROS CUELLAR MAGISTRADA SALA
SEGUNDA
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Resolución recurrida en casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- Por Tanto 1