Por Tanto 1
Sin entrar en mayores abundamientos de orden legal, la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad al art. 36.5) de la Ley N° 1715 y los arts. 279 y 282.I de la Ley N° 439, aplicable supletoriamente en mérito al art. 78 de la Ley Nº 1715; dispone:
1. DECLARAR ILEGAL el recurso de compulsa cursante de fs. 43 a 45 vta. del legajo de compulsa, interpuesto por Amanda Antonia Jalil Vda. de Tovias, contra el Juez Agroambiental de San Ignacio de Moxos.
2..- Habiéndose producido las renuncias de las Magistradas Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, que dieron lugar a la consecuente reconformación de Salas, el suscrito Magistrado Presidente de Sala Primera, CONVOCA a la única Magistrada habilitada de Sala Segunda María Tereza Garrón Yucra, para conformar Sala, a objeto de la suscripción del presente Auto y continúe la tramitación procesal de la causa, en función al principio de celeridad procesal y servicio a la sociedad consagrados en el art. 178 de la CPE.
Providenciándose al OF. J.A.S.I.M. CITE N° 20/2024 de 23 de febrero de 2024.
En lo principal, acumúlese a los antecedentes la remisión del expediente 01/2015 de fs. 1 a 176 (cuatro cuerpos).
Regístrese y notifíquese.-
