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POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con el art. 36.4) de la Ley No 1715, RECHAZA el incidente de recusación interpuesto por José Arias Llanos y Agustina Barja Núñez, mediante memorial, cursante de fs. 46 a 48 del legajo, disponiendo que la Jueza Agroambiental de Monteagudo, continue con la tramitación de la causa.
Regístrese y notifíquese. -
