AUTO NACIONAL AGROAMBIENTAL S1ª Nº 10/2017
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO NACIONAL AGROAMBIENTAL S1ª Nº 10/2017

Fecha: 21-Nov-2016

Acusa que la autoridad realizó una incorrecta interpretación de los arts. 167 y 170 del Cód. Civ., y que de acuerdo a las normas citadas procede la subasta pública del inmueble motivo de demanda; que, de acuerdo al ordenamiento legal en actual vigencia, nadie está obligado a permanecer en la indivisión, cada propietario puede pedir en cualquier tiempo, la decisión de la cosa común y si la cosa no es cómodamente y partición o si cuando su fraccionamiento se encuentra prohibido por ley o disposiciones administrativas se vende y reparte su precio.

II. Acusa que la autoridad realizó una incorrecta interpretación de los arts. 167 y 170 del Cód. Civ., y que de acuerdo a las normas citadas procede la subasta pública del inmueble motivo de demanda; que, de acuerdo al ordenamiento legal en actual vigencia, nadie está obligado a permanecer en la indivisión, cada propietario puede pedir en cualquier tiempo, la decisión de la cosa común y si la cosa no es cómodamente y partición o si cuando su fraccionamiento se encuentra prohibido por ley o disposiciones administrativas se vende y reparte su precio.