Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la facultad conferida por los arts. 189-1) de la C.P.E., 4-I-2) de la L. N° 025, 87-IV de la L. N° 1715 modificada por la L. N° 3545 y 13 de la L. N° 212 y en virtud de la jurisdicción y competencia que por ella ejerce, declara INFUNDADOS los recursos de casación de fs. 1612 a 1615 y de fs. 1618 a 1621, interpuestos por Adrian Huanca Bautista y por Daniel Vera Quispe y María Isabel López de Vera respectivamente contra los Autos Interlocutorios Definitivos N° 29/2016 de 14 de septiembre de 2016 y N° 30/2016 de 14 de septiembre de 2016, pronunciados por la Juez Agroambiental de La Paz, sin costas.
Regístrese, notifíquese y remítase.
Fdo.
Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo.
Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagomez Velasco.
Magistrado Sala Segunda Dr. Bernardo Huarachi Tola.
- Encabezado
- Considerando 1
- Recurso de casación interpuesto por Adrian Huanca Bautista
- Recurso de casación interpuesto por Daniel Vera Quispe y María Isabel López de Vera
- Considerando 2
- Se establece la responsabilidad solidaria para todos quienes participaron de acciones de avasallamiento material o intelectualmente (...)"
- Por Tanto 1
