Considerando 2
CONSIDERANDO: Que, corrido en traslado el recurso de casación, los demandados Gabriel Loayza Velásquez y Valentina Condori de Loayza, por memorial de fs. 69 a 71 vta. de obrados, responden señalando que el recurso es genérico y no estaría debidamente fundamentado; siendo la sentencia ecuánime, imparcial y clara (citando la SS.CC. 1468/2004-R) fundamentando sobre los arts. 271, 274 y 177 de la Ley N° 439, señalan que el recurso no cumple con dicha normativa, ya que hace una simple alusión y meras descripciones hipotéticas, siendo oscuro, impreciso, contradictorio y confuso debiendo dictarse su improcedencia.
