POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, impartiendo justicia en única instancia, en uso de sus atribuciones y competencias que le otorga los arts. 186 y 189-2) de la Constitución Política del Estado y art. 36-2 de la Ley N° 1715, FALLA declarando IMPROBADA la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 254 a 262 vta. de obrados, interpuesta por Edwin Palma Marquina; declarándose en consecuencia firme y subsistente, con todos sus efectos legales, el Título Ejecutorial N° PPD-NAL-669294 de 12 de diciembre de 2016, con costas.
