SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a Nº 56/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a Nº 56/2023

Fecha: 04-Dic-2023

Por Tanto 1

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, administrando justicia en única instancia, en mérito a la postestad conferida por los Arts. 7, 12-I, 186 y 189-3 de la Constitución Política del Estado; Art. 36-3 de la Ley Nº 1715, modificada parcialmente por la Ley Nº 3545 de Reconducción Comunitaria de Reforma Agraria; Arts. 11 y 12 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, FALLA declarando: PROBADA la Demanda Contenciosa Administrativa que cursa de fs. 43 a 66 de obrados interpuesta por Fabiane Freiberger, declarándose en consecuencia:

1.- NULA la Resolución Administrativa RA-SS Nº 0504/2021 de 25 de noviembre de 2021, emitida dentro del procedimiento administrativo de Saneamiento Simple de Oficio de la propiedad denominada “SANTAGRO”.

2.- En consecuencia se anula obrados hasta fs. 9390 inclusive, es decir, hasta el Informe en Conclusiones, debiendo en consecuencia el ente administrativo emitir uno nuevo, conforme a los argumentos descritos en los fundamentos jurídicos del presente fallo.

3.- Siendo que a raíz de la declaratoria de Tierra Fiscal del predio “SANTAGRO” se han suscitado avasallamientos ilegales que fue denunciado ante este Tribunal mediante memorial cursante a fs. 415 vta. de obrados, mismo que fue resuelto por auto de fecha 20 de enero de 2023 que declaró HA LUGAR la MEDIDA PRECAUTORIA TEMPORAL DE PROHIBICIÓN DE ASENTAMIENTO, y teniendose el Informe evacuado por el Juez Agroambiental de San Ramón, Provincia Guarayos del departamento de Santa Cruz, SE DISPONE que dicha autoridad asuma las determinaciones que en derecho correspondan a fin de garantizar el ejercicio del derecho propietario de la administrada sobre el predio en cuestión.

Notificadas que sean las partes con el presente fallo, devuélvase los antecedentes del proceso de saneamiento remitidos por el INRA, en el plazo máximo de 30 días, debiendo quedar en su lugar fotocopias simples y/o legalizadas según corresponda, con cargo al INRA.

Regístrese y Notifíquese.-