Sentencia Agroambiental N° 010/2023 de 28 de septiembre de 2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

Sentencia Agroambiental N° 010/2023 de 28 de septiembre de 2023

Fecha: 28-Sep-2023

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en virtud a la potestad conferida por los arts. 189.1 de la CPE y 36.1 de la Ley N° 1715 y en virtud a la jurisdicción que por ella ejerce, en aplicación de los arts. 87.IV de la Ley N° 1715 y 220.III.1.c) de la Ley N° 439, con relación al art. 271 de la misma norma procesal, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, dispone:

1.- ANULAR OBRADOS, hasta fs. 47 de obrados inclusive, correspondiente al Auto de Admisión, debiendo el Juez Agroambiental de Ixiamas, observar la demanda, conforme los fundamentos de la presente resolución; asimismo, deberá valorar integralmente las pruebas aportadas al proceso y emitir una sentencia congruente, fundamentada y motivada, garantizando el debido proceso.

2.- En aplicación de lo previsto en el art. 17.IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Por otra parte, habiéndose producido las renuncias de las Magistradas Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, que dieron lugar a la consecuente reconformación de Salas, la suscrita Magistrada, CONVOCA al único Magistrado habilitado de Sala Primera, Rufo Nivardo Vásquez Mercado, para conformar Sala, a objeto de la suscripción del presente Auto y continúe la tramitación procesal de la causa, en función al principio de celeridad procesal y servicio a la sociedad consagrados en el art. 178 de la CPE, así como lo determinado en la DCP 49/2023 de 11 de diciembre de 2023.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.