Tribunal Agroambiental Bolivia
SENTENCIA PLURINACIONAL AGROAMBIENTAL S2ª Nº 009/2019
Fecha: 22-Mar-2019
Considerando 3
CONSIDERANDO.- Que, en el caso sub lite, conforme se tiene planteada la demanda en el modo referido precedentemente, con la contestación y demás actuados procesales, en aplicación del principio "Pro Actione", se debe mencionar que el proceso fue dilucidado y resuelto mediante SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 077/2017 de fecha 24 de julio de 2017, sentencia que quedó sin efecto como resultado del Auto de Amparo Constitucional N° 001/2018 de fecha 03 de mayo de 2018, que dispone se emita nueva Sentencia en la cual se resuelva los fundamentos vertidos en el referido fallo constitucional.