Con estos antecedentes, habiendo cesado los efectos del acto reclamado, y al haberse dispuesto que
Con estos antecedentes, habiendo cesado los efectos del acto reclamado, y al haberse dispuesto que previa conciliación, la filial de la entidad recurrida reponga al municipio de Santa Ana del Yacuma los montos retenidos, el tribunal del amparo enmarcó su Resolución en lo previsto por el art. 765-2) del Código de Procedimiento Civil y 19 de la Constitución Política del Estado
- AUTO SUPREMO No. 034-Amparo Sucre, 13 de enero de 2001
- PARTES: Abdón Nacif Hiza c/ Federación de Ganaderos del Beni y Pando
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de fs
- CONSIDERANDO: Que la recurrente, en su condición de Alcalde Municipal de Santa Ana del Yacuma,
- El personero de la Federación de Ganaderos del Beni y Pando a tiempo de informar,
- Con estos antecedentes, habiendo cesado los efectos del acto reclamado, y al haberse dispuesto que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 13 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
