Del examen de antecedentes se establece que el Tribunal del amparo, a tiempo de declarar
Del examen de antecedentes se establece que el Tribunal del amparo, a tiempo de declarar procedente el recurso y disponer que la autoridad recurrida conduzca el trámite administrativo correspondiente a la nacionalización de los vehículos previo el pago de los aranceles e impuestos dispuestos por ley, restableció la jerarquía normativa prevista por el art. 228 de la Constitución Política del Estado por cuanto una resolución administrativa comunicada por fax, no puede alterar otra disposición jerárquicamente superior, por lo que la resolución se enmarca a lo previsto por el art. 19 de la Constitución Política del Estado
- AUTO SUPREMO No. 054-Amparo Sucre, 22 de enero de 2001
- PARTES: Jaime Luis Parada Méndez c/ Administrador Distrital de Aduana Santa Cruz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- Que en virtud de la Declaración Constitucional N° 001/99 de fecha 12 de julio de
- CONSIDERANDO: Que los recurrentes argumentan que pese a que la dirección General de Aduanas mediante
- Del examen de antecedentes se establece que el Tribunal del amparo, a tiempo de declarar
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 22 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
