Auto Supremo AS/0223/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2001

Fecha: 03-Oct-2001

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda más su ampliación de fs





VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 58-60 y la ampliación a recurso de casación de fs. 61, interpuesto por Gabriel Vela Quiroga, Gerente General del Seguro Social Universitario de La Paz, contra el Auto de Vista de fs. 54, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del juicio social seguido por María Cristina Ramírez contra el Seguro Social citado; los antecedentes del proceso, el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 68, y

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda más su ampliación de fs. 2 y 3, respectivamente, y tramitada que fue, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, a fs. 41-42 dictó sentencia declarando PROBADA la demanda y disponiendo el pago de Bs. 4.190,05 a favor de la actora. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a fs. 54 pronunció Auto de Vista CONFIRMANDO en todas sus partes la sentencia; fallo de segunda instancia que motivó el recurso de nulidad y casación, en el que se acusa, en el fondo, que el Ad quem y A quo infringieron los arts. 16, 50 de la Ley General del Trabajo y 9 de su Decreto Reglamentario. En la forma, observa que el Ad quem y el A quo, resolvieron porque se pague el aguinaldo y, finalmente, señala que se violó el art. 81 y siguientes de la Ley Orgánica del Ministerio Público, por lo que pide que se anule obrados hasta el vicio más antiguo