CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 81-83, por Julio Quintanilla Gosalvez, apoderado de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), contra el Auto de Vista de fs. 69, resuelto por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social seguido por Emeterio Martínez Paz, contra COMIBOL; los antecedentes del proceso, dictamen Fiscal de Sala Suprema de fs. 88 y,
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronuncia sentencia de fs. 54-55, declarando probada en parte la demanda de fs. 11-12. En apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del La Paz, pronunció Auto de Vista de fs. 69, confirmando totalmente la sentencia apelada, fallo que motivó el recurso de casación que se analiza
- AUTO SUPREMO No. 234-Social Sucre, 18 de octubre de 2001
- PARTES: Emeterio Martínez Paz c/ COMIBOL
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación de fs
- En relación al recurso en la forma, se advierte que las infracciones sobre el vencimiento
- Por lo que, no siendo evidentes las infracciones acusadas, en aplicación de lo dispuesto por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 18 de Octubre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
