Que por lo expuesto en el punto precedente, la carta de fecha 27 de marzo
Que por lo expuesto en el punto precedente, la carta de fecha 27 de marzo de 1997, que cursa a fs. 24, constituye la prueba del despido intempestivo del actor de su fuente de trabajo, y obliga a la Fundación Amigos de la Naturaleza, cumplir únicamente con el pago del desahucio y bono de frontera, ya que las indemnizaciones así canceladas, se reputan como anticipo de liquidación final, conforme manda el art. 4 del Decreto Ley Nro. 16187
- AUTO SUPREMO No. 241-Social Sucre, 22 de octubre de 2001
- PARTES: Nelson Vaca Vaca c/ Fundación Amigos de la Naturaleza "Noel Kempff Mercado" (FAN)
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales y pruebas aportadas, se evidencia
- Que, purgando rebeldía, a fs
- Que por lo expuesto en el punto precedente, la carta de fecha 27 de marzo
- Para formar resolución, interviene el Dr
- Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Sucre, 22 de octubre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
