Auto Supremo AS/0241/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2001

Fecha: 22-Oct-2001

Que, purgando rebeldía, a fs


Que, purgando rebeldía, a fs. 35-37, Hermes Justiniano Suárez, en su calidad de Director Ejecutivo de la Fundación Amigos de la Naturaleza, apeló de la sentencia aparejando en calidad de prueba preconstituida tres finiquitos correspondientes a tres períodos de trabajo del actor que cursan a fs. 21, 23 y 25. Estas pruebas, reflejan el pago de la "indemnización" por los lapsos de trabajo y demuestran la falta del pago del "desahucio" y otros beneficios colaterales, a que da lugar el cambio de la condición de plazo fijo por tiempo indefinido para los tres contratos así firmados, según prevé el art. 2 del Decreto Ley Nro. 16187 de 16 de febrero de 1979, más aún si el cargo del demandante: Director del Parque Nacional "Noel Kempff Mercado", respondía a las tareas propias y permanentes de la Fundación Amigos de la Naturaleza "Noel Kempff Mercado", como circunstancia específica que no admitía contratos a plazo fijo, según determina la norma ya citada