Auto Supremo AS/0243/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0243/2001

Fecha: 24-Oct-2001

Por lo expuesto se concluye en que al incluir en la sentencia de fs


Por lo expuesto se concluye en que al incluir en la sentencia de fs. 33-35, el pago a favor del actor de vacaciones por dos gestiones y aguinaldo por duodécimas, la Jueza A quo aplicó erróneamente el art. 2do. del Decreto Supremo Nro. 11478, ya que a dicho actor, por esta norma, únicamente le correspondía el pago de indemnización por los primeros cinco años trabajados -es decir, un quinquenio consolidado- sin reconocimiento al ulterior lapso de su trabajo, debido a que vulneró las normas laborales ya citadas y al confirmar totalmente la sentencia, sin analizar ni interpretar adecuadamente el alcance jurídico del art. 2do. del Decreto Supremo Nro. 11478, el Ad quem arrastró el error citado, incurriendo en infracción a la norma laboral señalada