Auto Supremo AS/0244/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2001

Fecha: 24-Oct-2001

CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales y, particularmente, del Auto de Vista recurrido,


CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales y, particularmente, del Auto de Vista recurrido, es pertinente establecer que la disposición del art. 80 del Código Procesal del Trabajo, no implica vicio de nulidad, sino que su incumplimiento amerita denuncia ante el superior en grado y que en caso de reiteración da lugar a la destitución del Secretario, según prevé el art. 81 del mismo cuerpo de leyes