Auto Supremo AS/0244/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2001

Fecha: 24-Oct-2001

Por lo expuesto y si bien es cierto que en el presente caso, el Secretario


Por lo expuesto y si bien es cierto que en el presente caso, el Secretario del Juzgado Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, omitió inscribir la nota exigida en el art. 80 citado, empero, el A quo, de cuerdo al art. 201 del Código Procesal del Trabajo, e inmediatamente vencido que fue el término de prueba -21 de enero de 1993-, dictó Sentencia -30 de enero de 1993- dentro del plazo establecido en el art. 79 del mismo compilado; razón legal por la que se concluye que el Ad quem pronunció el Auto de Vista oficioso y ajeno a los actuados procesales, ya que si anuló obrados extrañando la repetida nota, la misma fue hasta fs. 24, cuando la Sentencia cursa a fs. 13