Que de la revisión de antecedentes se establece que a fs
Que de la revisión de antecedentes se establece que a fs. 4 de obrados Mario Orellana se querella contra Hugo Muriel por el delito de tentativa de asesinato, el Juez sumariante a fs. 5 vlta. dicta auto inicial de instrucción disponiendo se organice causa a citación directa por el delito de lesiones leves previsto en el art. 271 parte segunda del Código Penal contra Hugo Muriel; a fs. 147 se amplia el auto inicial por el delito de tentativa de asesinato previsto por el art. 252 con relación al art. 8º del Código Penal a solicitud del entonces querellante Mario Orellana cambiando el trámite anterior de citación directa al de sumario; a fs. 206 con la facultad conferida por el art. 169 del Código de Procedimiento Penal, de oficio el Juez sumariante amplía el auto inicial contra Mario Orellana, hasta entonces querellante, por el delito de tentativa de asesinato, delito que es sancionado con pena mayor a dos años y por lo cual su trámite corresponde al proceso con sumario, de lo que se infiere que los tribunales de instancia han actuado con plena competencia no habiendo vulnerado ninguna norma adjetiva como se acusa en el recurso
- PARTES: Edelmira Durán Guaricona c/ Hugo Muriel Galarza y otro, lesiones leves y otro
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- CONSIDERANDO: Que analizado el recurso de casación y nulidad interpuesto por Mario Orellana López a
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- Además extraña que el recurrente observe recién en su recurso de casación la competencia de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
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- Regístrese y devuélvase
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