Auto Supremo AS/0513/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2001

Fecha: 11-Oct-2001

Que en grado de apelación la Sala Penal Primera, confirma en todas sus partes la


Que en grado de apelación la Sala Penal Primera, confirma en todas sus partes la sentencia de fs. 431-440, mediante Auto de Vista de fs. 479-480; contra el que recurre de casación el Fiscal de Sala Superior a fs. 484-485, manifestando su conformidad con los términos de la sentencia, con excepción de que la responsabilidad que el tribunal ha asignado a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico, de vigilar durante dos años a los procesados absueltos, no es atribución ni menos competencia de la F.E.L.C.N., por ello acusa la infracción del art. 93 de la Ley 1008; 91 de la Ley del Ministerio Público; Ley Orgánica de la Policía Nacional; art. 33 del D.S. N° 22099 sobre el Reglamento de la Ley 1008 y art. 31 de la Constitución Política del Estado; pide se case el Auto de Vista, modificando la parte que dispone la vigilancia de los absueltos, que debe ser por el personal que asigne el Comando Departamental de la Policía del Distrito de Santa Cruz