Auto Supremo AS/0515/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2001

Fecha: 22-Oct-2001

CONSIDERANDO


CONSIDERANDO.- Que, contra el Auto de Vista de fs. 90-91 que confirma la sentencia de primer grado y modifica la pena de siete a nueve años de presidio, el nombrado procesado recurre de casación manifestando que el Tribunal de alzada, al pronunciar su fallo ha infringido los arts. 135 y 242- 3) y 5) del Código de Procedimiento Penal, toda vez que la simple existencia de un certificado médico sin la debida interpretación y apreciación de los hechos que se consideran probados a favor o en contra no puede fundar una sentencia condenatoria, por lo que los juzgadores al no haber actuado de esta manera incurrieron en error de apreciación de las pruebas