Auto Supremo AS/0526/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2001

Fecha: 25-Oct-2001

CONSIDERANDO: Que la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz en su Sala Penal

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 526 Sucre 25 de octubre de 2001

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ministerio Público c/ Nicanor Tapia Nina, tráfico de sustancias controladas

MINISTRO RELATOR : Dr. Jaime Ampuero García




VISTOS: El recurso de casación de fs. 424 - 428 interpuesto por Rogelio Duran Jurado, Fiscal de Sala Superior, impugnando el Auto de Vista de fs. 422- 423 de fecha 3 de enero de 2001, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Nicanor Tapia Nina y Victoria Choquehuanca de la Cruz, por el delito de tráfico de sustancias controladas, sus antecedentes, el requerimiento de la Fiscalía General de la República de fs.431- 432, y

CONSIDERANDO: Que la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz en su Sala Penal Primera en calidad de Tribunal de apelación pronuncia el Auto de Vista de fs. 422-423, que confirma en todas sus partes la sentencia de primera instancia de fs. 380- 387, la misma que declaró a los procesados Nicanor Tapia Nina y Victoria Choquehuanca de la Cruz, absueltos de culpa y pena de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas previsto en el art. 48 de la Ley 1008 de 19 de julio de 1988, por existir sólo prueba semi plena de conformidad a la apreciación prevista por los arts. 135 y 244-1) del Código de Procedimiento Penal