De lo mencionado se establece que los tribunales inferiores no han faltado a ninguna regla
De lo mencionado se establece que los tribunales inferiores no han faltado a ninguna regla de aplicación sustantiva ni ha existido error en la calificación de la conducta de los incriminados, que es correcta y legal la absolución pronunciada en su favor al no existir en su contra prueba plena, que su único delito fue ser propietario del inmueble donde fueron encontrados restos de precursores y cocaína, presumiéndose que el inmueble fue alquilado por Eleuteria Nina Morales para fines ilícitos relacionados con el narcotráfico. Por lo expuesto se concluye que no son ciertas las infracciones acusadas por el Ministerio Público en su recurso
- CONSIDERANDO: Que la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz en su Sala Penal
- Igualmente se ordena la devolución de los bienes incautados mediante actas que cursan a fs
- Se ordena a la F
- CONSIDERANDO: Que examinando las resoluciones de los tribunales de instancia juntamente con sus antecedentes y
- De lo mencionado se establece que los tribunales inferiores no han faltado a ninguna regla
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
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