CONSIDERANDO: Que, cumplidas las formalidades procesales, se pronunció la sentencia de fs
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
VISTOS: El recurso de casación de fs. 193 interpuesto por Rubén Andrade Muñoz, Fiscal de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de fs. 190-191 vlta., de fecha 15 de marzo de 2001, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Trinidad-Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Juan Coronado Arnéz, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas de 19 de julio de 1988; los antecedentes procesales, las leyes que se acusan de infringidas, el requerimiento del Fiscal General de la República de fs. 198-199; y
CONSIDERANDO: Que, cumplidas las formalidades procesales, se pronunció la sentencia de fs. 175-179 vlta., absolviendo de culpa y pena a Juan Coronado Arnéz, del ilícito penal por el que se le abrió proceso penal, contenido en el art. 48 de la Ley N° 1.008, empero, se lo declara autor del delito de transporte de sustancias controladas, incurso en la sanción del art. 55 de la mentada Ley N° 1008, condenándole en consecuencia, a sufrir la pena de ocho años de presidio, a cumplir en la cárcel pública de varones de Mocovi de ésa ciudad, multa de doscientos días, a razón de Bs. 1 por día, y demás medidas accesorias contenidas en la misma
- PARTES: Ministerio Público c/ Juan Coronado Arnéz, tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, cumplidas las formalidades procesales, se pronunció la sentencia de fs
- CONSIDERANDO: Que, elevada en grado de apelación la referida sentencia ante la Corte Superior del
- Que, contra el anotado fallo recurre de casación el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas,
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación planteado a fs
- Por otro lado, la simple mención de que se recurre de casación, sin que exista
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero Gacía
- Regístrese y devuélvase
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