Impugnando el referido Auto de Vista recurre de casación el Ministerio Público con los fundamentos
Impugnando el referido Auto de Vista recurre de casación el Ministerio Público con los fundamentos expuestos en el memorial mencionado en el exordio, acusa la infracción de la ley sustantiva contenida en los arts. 48 y 53 de la Ley 1008 por no habérselos aplicado en caso de autos, por error en la tipificación de la conducta de los procesados que no corresponde al tipo previsto en el art. 47 de la mencionada norma especial del narcotráfico; pide casar el auto recurrido y condenarlos con la pena de 14 años de presidio como autores del delito de tráfico de sustancias controladas, con el agravante determinado por el art. 53 de la Ley 1008
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal ad-quem en Auto de Vista de fs
- Impugnando el referido Auto de Vista recurre de casación el Ministerio Público con los fundamentos
- Por su parte Mario Mora Santos, denuncia interpretación y aplicación indebida del art
- CONSIDERANDO: Que así expuestos los recursos, de un cuidadoso estudio de antecedentes que informan el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
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