CONSIDERANDO: Que el recurso de casación acusa, en la forma, la vulneración de los arts
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación acusa, en la forma, la vulneración de los arts. 90 y 236 del Código de Procedimiento Civil por declarar "equivocadamente" Improbada la demanda principal, sin pronunciarse respecto al recurso interpuesto por su persona y sin fundamento legal tanto en el Auto de Vista recurrido como el Auto Complementario. En el fondo, argumenta que la resolución recurrida incurre en errores de hecho en la apreciación de las pruebas. Significa que en la demanda laboral se pidió la nulidad del proceso administrativo por el que se determinó su retiro, en el que se vulneraron los arts. 14 y 16 de la Constitución Política del Estado, afectando su derecho de recobrar su fuente de trabajo y percibir sus beneficios sociales. Se refiere también a varios aspectos mencionados en éste proceso como la usurpación de funciones de quienes intervinieron en el mismo, los alcances de auditorias realizadas, los informes legales, y otros de orden técnico como la incompatibilidad de teléfonos, reducción de líneas, cambio de tarjetas, contrato I.T.E., y otros
- AUTO SUPREMO No. 253-Social Sucre, 07 de noviembre de 2001
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación acusa, en la forma, la vulneración de los arts
- CONSIDERANDO: Que del examen del recurso y los antecedentes se establece lo siguiente
- Consecuentemente, no estando demostradas las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde por mandato
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 07 de noviembre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
