Auto Supremo AS/0254/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0254/2001

Fecha: 07-Nov-2001

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs





VISTOS: El recurso de casación de fs. 734-735, interpuesto por Mario Guillermo Illanes Cossio, por sí y por la Federación de Jubilados Ferroviarios y R.A., contra el Auto de Vista de fs. 731-732, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del juicio social seguido por el recurrente y la Federación citada en contra de la Empresa Nacional de Ferrocarriles "ENFE"; los antecedentes del proceso, el dictamen Fiscal de fs. 747, y

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 28-29 y tramitada que fue la misma, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, a fs. 702 dictó sentencia declarando IMPROBADA la demanda y PROBADAS las excepciones de prescripción y perentoria de pago. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a fs. 731-732 pronunció Auto de Vista CONFIRMANDO totalmente la sentencia, fallo que motivó el recurso de casación de fs. 734-735, acusando la pérdida de competencia del A quo y Ad quem para dictar sus fallos por la infracción a los arts. 79, 201 y 209 del Código Procesal del Trabajo y, 208 y 209 del Código de Procedimiento Civil, respectivamente, así como acusó la violación del art. 130-2) del Código Adjetivo Civil, arguyendo que el término de la prescripción fue interrumpido con la presente causa, circunstancia por la que pide que el Auto de Vista recurrido se case y que deliberando en el fondo se declare probada la demanda, ya que también violó los arts. 167 del Código Procesal del Trabajo y 1321 del Código Civil