CONSIDERANDO: Que, del análisis exhaustivo de los datos del proceso, se tiene que por Auto
CONSIDERANDO: Que, del análisis exhaustivo de los datos del proceso, se tiene que por Auto Supremo de fs. 281-281 vlta. de fecha 27 de marzo de 1998, se declara infundado el recurso de casación interpuesto por la procesada Nancy Castellón de Lujan contra el Auto de Vista de fs. 269-270 que confirma la sentencia de primera instancia de fs. 247-248 vlta, que declara a Nancy Castellón de Lujan, autora del delito de giro de cheque en descubierto, previsto en la sanción del art. 204-1) del Código Penal, condenándole a la pena de dos años y seis meses de reclusión, al pago de 30 días multa, a razón de Bs. 5 por día, más costas al Estado y querellante; igualmente al resarcimiento de daños civiles a calificarse en ejecución de sentencia
- CONSIDERANDO: Que, a fs
- CONSIDERANDO: Que, del análisis exhaustivo de los datos del proceso, se tiene que por Auto
- Que, la Corte de alzada al confirmar la sentencia de fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
