3º
3º. El Fiscal General no puede nombrar Fiscales Adjuntos a los Fiscales de Distrito y menos nombrar a un Fiscal Adjunto en función paralela a su propia investidura, nombramiento que recae por elección de dos tercios de votos del H. Congreso Nacional
- CONSIDERANDO: Que, Beneranda Rodríguez Nina de Condori a fs
- 2º
- 3º
- 4º
- Finalmente, pide que previo traslado se dicte auto motivado, y para el inesperado caso de
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la interpretación teleológica del art
- CONSIDERANDO: Que del examen de las disposiciones legales que informan el Recurso, meridianamente se colige
- Por último, es pertinente señalar que el requerimiento del fiscal en trámite de revisión de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No intervienen los Ministros de la Sala Penal Dres
- Regístrese y hágase saber
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