POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la intervención del Ministro de la Sala Civil Dr. Armando Villafuerte Claros, conforme al art. 62-1) de la L. Nº 1836 de 1º de abril de 1998, RECHAZA el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad de fs. 868-869, disponiendo la consiguiente prosecución de la causa y se ordena se eleve en consulta al Tribunal Constitucional la presente resolución
- CONSIDERANDO: Que, Beneranda Rodríguez Nina de Condori a fs
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- Finalmente, pide que previo traslado se dicte auto motivado, y para el inesperado caso de
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la interpretación teleológica del art
- CONSIDERANDO: Que del examen de las disposiciones legales que informan el Recurso, meridianamente se colige
- Por último, es pertinente señalar que el requerimiento del fiscal en trámite de revisión de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No intervienen los Ministros de la Sala Penal Dres
- Regístrese y hágase saber
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