CONSIDERANDO: Que del examen de las disposiciones legales que informan el Recurso, meridianamente se colige
CONSIDERANDO: Que del examen de las disposiciones legales que informan el Recurso, meridianamente se colige que el Dr. Luís Andrade Chacón, ha sido designado Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República, al amparo de la Disposición Transitoria primera del Nuevo Código de Procedimiento Penal y art. 4º de las Disposiciones Transitorias de la L. Nº 2175 de 13 de febrero de 2001; nombramiento en consecuencia, que se halla dentro de las facultades conferidas al Fiscal General de la República para contratar abogados para ejercer el cargo de Fiscales Adjuntos, sin que ello importe ilegalidad y menos vulneración de las normas impugnadas por la recurrente, cuya pretensión en el fondo es invalidar el requerimiento emitido por el Fiscal Adjunto a fs. 869 de obrados, dentro del recurso de revisión extraordinaria de sentencia que tiene formulado en esta Sala Penal de la Corte Suprema
- CONSIDERANDO: Que, Beneranda Rodríguez Nina de Condori a fs
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- Finalmente, pide que previo traslado se dicte auto motivado, y para el inesperado caso de
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la interpretación teleológica del art
- CONSIDERANDO: Que del examen de las disposiciones legales que informan el Recurso, meridianamente se colige
- Por último, es pertinente señalar que el requerimiento del fiscal en trámite de revisión de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No intervienen los Ministros de la Sala Penal Dres
- Regístrese y hágase saber
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