Auto Supremo AS/0550/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0550/2001

Fecha: 08-Nov-2001

Que, tomando en cuenta que el ilícito perseguido merece censura de la sociedad, el reproche


Que, tomando en cuenta que el ilícito perseguido merece censura de la sociedad, el reproche de la ley y la inmediatez de la retribución punitiva emergente de un debido proceso, como ha ocurrido en la litis, de lo expuesto, se desprende no ser ciertas las infracciones acusadas en los recursos, las que, por otra parte, reiteran aspectos ya señalados a lo largo del proceso; en tal virtud, corresponde dar aplicación al art. 307-2) del Código Procesal Penal