Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, como Tribunal de
Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, como Tribunal de alzada, confirma la sentencia apelada en todas sus partes, mediante Auto de Vista de fs. 270-270 vlta.; de cuyo fallo recurre de casación el Fiscal de Sala Superior, sólo con relación al procesado Ronald Alberto Horna Aranda, con los fundamentos expuestos a fs. 272-277, acusando la violación de los arts. 135 y 242 del Código de Procedimiento Penal; art. 55 de la Ley 1008 y 14 del Código Penal; pide se case el Auto de Vista y se declare al indicado incriminado, autor de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en el art. 48 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de doce años de presidio y demás sanciones de ley
- PARTES: Ministerio Público c/ Luis Suárez Castillo y otros, transporte de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, concluida la fase del plenario, el Tribunal del Juzgado de Partido Primero de
- Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, como Tribunal de
- Por su parte, Ronald Alberto Horna Aranda, en su recurso de nulidad en la forma
- Finalmente, Luis Felipe Olaya Ramírez, recurre de nulidad y casación a fs
- CONSIDERANDO: Que, de un estudio atento y detenido de todo lo acontecido en la etapa
- Que, con sujeción al art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
- 1
