Contra el referido Auto de Vista de segunda instancia, recurre de casación en la forma
Contra el referido Auto de Vista de segunda instancia, recurre de casación en la forma Erlinda Lavayen Osinaga con los fundamentos contenidos en su memorial de fs. 205 - 206; resolución que al haber sido dictada en ejecución de sentencia y emergente del trance y remate de un bien inmueble ajeno a la condenada, no se halla comprendido entre los casos en los que procede el recurso de casación, según se infiere por la preceptiva del art. 355 del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de antecedentes se establece que el Auto de Vista de
- Contra el referido Auto de Vista de segunda instancia, recurre de casación en la forma
- Conforme previene el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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