Que, de lo expuesto se infiere de que tanto el tribunal a-quo, cuanto la Corte
CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los datos que cursan en obrados, con relación a la fundamentación e infracción de las leyes acusadas en el recurso de fs. 236-239, se desprende que el Tribunal de alzada, al confirmar la sentencia de primera instancia, de modo alguno ha incurrido en la violación o quebrantamiento de leyes que acusa el Ministerio Público, menos ha efectuado una interpretación errónea o incorrecta de las normas legales, habida cuenta que en el sub-lite, se advierte que los tribunales inferiores han usado de la facultad que les confiere el art. 135 del Código de Procedimiento Penal, de apreciar con prudente arbitrio y en su conjunto las pruebas ofrecidas en el proceso y en lo esencial no han faltado a ninguna regla de criterio legal, para arribar a la conclusión de que la conducta delictual de los incriminados Jane Susana Garnica Guzmán y Jorge Alberto Barrios Arandia, corresponde a los delitos de "Inducción" en grado de tentativa y "Consumo" de sustancias controladas, previsto en la sanción de los arts. 54 de la Ley 1008 con relación al 8vo. del Código Penal y art. 49 de la misma Ley 1008, respectivamente.
Que, de lo expuesto se infiere de que tanto el tribunal a-quo, cuanto la Corte de alzada han obrado correctamente, en la tipificación del delito como en la imposición de la pena, evaluando apropiadamente la prueba y sujetándose estrictamente a la ley
- CONSIDERANDO: Que, concluida la fase del plenario, el Tribunal del Juzgado de Partido de Sustancias
- Que, la Sala Penal de la Corte Superior de Oruro, como Tribunal de alzada, mediante
- Que, del anterior fallo recurren de nulidad o casación Jane Susana Garnica Guzmán a fs
- CONSIDERANDO: Que, en cuanto al recurso interpuesto por Jane Susana Garnica Guzmán (fs
- Que, el recurso de nulidad o casación de fs
- Que, de lo expuesto se infiere de que tanto el tribunal a-quo, cuanto la Corte
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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