Auto Supremo AS/0570/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0570/2001

Fecha: 10-Nov-2001

Que en el caso de autos, se aprecia que la recurrente se limita a efectuar


Que en el caso de autos, se aprecia que la recurrente se limita a efectuar una relación extensa del objeto del proceso, sus antecedentes e implicancias, haciendo hincapié de no haber tenido participación en el iter críminis; empero no llena el voto del art. 301 del Código de Procedimiento Penal, siendo totalmente estéril e inocuo su planteamiento, lo que libera al Supremo Tribunal de ingresar al estudio y análisis de fondo de la causa; en tal circunstancia es de aplicación del inc.1) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal