CONSIDERANDO: Que examinados los antecedentes se establece que el contribuyente, por la vía contenciosa tributaria,
CONSIDERANDO: Que examinados los antecedentes se establece que el contribuyente, por la vía contenciosa tributaria, impugnó la Resolución Determinativa GRACO N° 16/96 de 30 de julio de 1996 y la Vista de Cargo CB-003 09/96 de 8 de enero de 1996, por prescripción de la obligación tributaria
- AUTO SUPREMO No. 077-C.Tributario Sucre, 8 de marzo de 2001
- PARTES: Centro Médico Quirúrgico Boliviano Belga S.R.L. c/ A.R.I.I
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que el recurrente arguye que tanto en la Sentencia como en el Auto de
- CONSIDERANDO: Que examinados los antecedentes se establece que el contribuyente, por la vía contenciosa tributaria,
- Tramitado el proceso, la Sentencia a tiempo de examinar los antecedentes que cursan en obrados
- En ese orden, se establece que la citada Resolución Determinativa fue pronunciada más de dos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 8 de marzo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
