Tramitado el proceso, la Sentencia a tiempo de examinar los antecedentes que cursan en obrados
Tramitado el proceso, la Sentencia a tiempo de examinar los antecedentes que cursan en obrados concluye que la Administración, como producto de una orden de fiscalización sobre la gestión enero a diciembre de 1991, emitió la citada Vista de Cargo con la que notificó al sujeto pasivo recien en junio de 1996. Dicho acto administrativo fue impugnado en sede administrativa, y como resultado surge la Resolución Determinativa N° 16/96 de 30 de julio de 1996, que reconoce que los reparos tributarios fueron cancelados en 1993, sin embargo, mantiene un cargo por evasión, sancionándolo con el 50% del tributo determinado
- AUTO SUPREMO No. 077-C.Tributario Sucre, 8 de marzo de 2001
- PARTES: Centro Médico Quirúrgico Boliviano Belga S.R.L. c/ A.R.I.I
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que el recurrente arguye que tanto en la Sentencia como en el Auto de
- CONSIDERANDO: Que examinados los antecedentes se establece que el contribuyente, por la vía contenciosa tributaria,
- Tramitado el proceso, la Sentencia a tiempo de examinar los antecedentes que cursan en obrados
- En ese orden, se establece que la citada Resolución Determinativa fue pronunciada más de dos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 8 de marzo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
