Auto Supremo AS/0097/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2001

Fecha: 19-Abr-2001

CONSIDERANDO: Que el recurso de casación, por sus antecedentes legales y doctrinales, se equipara a


CONSIDERANDO: Que el recurso de casación, por sus antecedentes legales y doctrinales, se equipara a una demanda nueva de puro derecho, por lo que a tiempo de ser interpuesto debe cumplir de manera inexcusable los requisitos taxativamente señalados por el art. 258 inciso 2) del Código de Procedimiento Civil, es decir, debe "citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o ambos", no siendo permitido presentar nuevos documentos ni alegar nuevas causas de nulidad por contravenciones que no se hubieran reclamado en los tribunales inferiores