Por lo que no siendo evidente la violación de las leyes acusadas en el recurso,
Por lo que no siendo evidente la violación de las leyes acusadas en el recurso, corresponde resolverlo conforme a lo dispuesto por el art. 273 del Código de Procedimiento Civil
- AUTO SUPREMO No. 113-C. Social Sucre, 18 de mayo de 2001
- PARTES: Caja de Salud de la Banca Privada c/ Compañía "Bolívar S.A. de Seguros"
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes del proceso y pruebas aportadas, se evidencia
- Consiguientemente, la Compañía "Bolívar S
- Por lo que no siendo evidente la violación de las leyes acusadas en el recurso,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 18 de mayo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
