Auto Supremo AS/0138/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2001

Fecha: 03-Jul-2001

Por este hecho, afirmó que el sujeto activo incurrió en errores de procedimiento al notificarle


Por este hecho, afirmó que el sujeto activo incurrió en errores de procedimiento al notificarle indebidamente con las disposiciones señaladas, cuando su empresa no tenía ninguna responsabilidad sobre los adeudos fiscales establecidos en la Resolución Determinativa Nro. 00057/96, situación ésta que al llevar a una interpretación errónea y aplicación indebida de la ley del sujeto activo y del tribunal ad quem, hizo que acuse la infracción y contravención de los arts. 27 y 157-b) de la Ley de Organización Judicial. Asimismo, refiere la infracción al art. 238 del Código Tributario, aplicando la analogía del mandato previsto en el art. 6 del mismo cuerpo de leyes, que impone el pleno efecto del art. 337 del Código de Procedimiento Civil, por la extemporánea presentación de la excepción de falta de competencia hecha por el sujeto activo